Tuesday, May 21, 2013

Filosofia del aborto

Hay situaciones que intentan ponernos al paredón; vuelven los extremistas religiosos a hacer su agosto; aun en países como Canadá donde el aborto es legal desde l988; estos días los pro-vida el movimiento avalado por las iglesias salieron a protestar al frente de los colegios de secundaria con fotos que ciertamente nadie quiere ver y que a la postre confunden, las gráficas fotografías son una clara manipulación, son invasivas y con una falta total de información, su consigna es que hoy los abortos son “gender discrimination”, la nueva estrategia no sorprende porque claramente aspiran ganar espacio en las mujeres “gender side”; es de conocimiento público que esto ocurre en India, Paquistán y algunos países Africanos; escenario que no ocurre en Canadá.
En Colombia el procurador general de la nación Alejandro Ordonez arremete de nuevo basado en las lecturas bíblicas como el mismo dice “"dar testimonio de la vida, la defensa de la vida, desde el mismo momento en que es fecundada, por eso se debe proteger" dijo también “la protección jurídica del embrión.” Argumentos? ninguno… su ignorancia no se lo permite.
Sylvia.



Filosofía del Aborto/ Por: Augusto Klappenbach
Si fuera cierta la afirmación de los antiabortistas militantes de que el embrión es un ser humano, sería verdad que todo aborto es un delito. Ningún argumento podría justificar el asesinato de una persona inocente. Pero es precisamente esa afirmación la que hay que discutir. La argumentación de nuestros obispos y de quienes los siguen da por supuesto que un embrión goza de la misma dignidad que un padre de familia. Y no se trata solo de una cuestión de tamaño, sino de diferenciar entre realidades cualitativamente distintas.
Nadie niega que en el embrión hay vida. Incluso la hay en un óvulo o un espermatozoide por separado. Pero el concepto de “vida humana” exige otras condiciones, que no se limitan a su definición biológica. En el curso de la evolución (filogénesis) se ha pasado de organismos unicelulares como las bacterias hasta los actuales seres humanos mediante un complejo proceso que ha dado lugar a la aparición de nuevas especies. ¿En qué momento de ese proceso se puede hablar de vida humana? Evidentemente, no hay una respuesta concreta: se pueden establecer características diversas como la bipedestación, el aumento de la capacidad craneal, la oposición del pulgar, el uso de herramientas, la aparición del lenguaje articulado. Pero en la historia evolutiva no existe un instante mágico en el cual lo que antes era un animal se convierte en un titular de los derechos humanos. Lo cual no impide que hoy podamos afirmar que los seres humanos gozamos de tales derechos.
Lo mismo sucede en el proceso de la concepción (ontogénesis). El encuentro de dos células, el óvulo y el espermatozoide, inicia un proceso de transformaciones donde van apareciendo por su orden las características específicas de un ser humano, sin que pueda determinarse el momento preciso en ese proceso da lugar a un hombre o una mujer en el sentido pleno de la palabra. Parece abusivo, sin embargo, suponer que las primeras semanas del embarazo, cuando aún no han aparecido las notas morfológicas y funcionales propias de la humanidad, se pueda hablar de un ser humano titular de todos los derechos debidos a su condición. Así como tampoco se puede negar que una vez terminado ese proceso estamos en presencia de una persona que goza de tales derechos. El límite entre ambos momentos no consiste en un instante preciso sino en un proceso gradual. Desde este punto de vista, una ley de plazos como la que tenemos, que vaya otorgando mayor protección al feto en la medida en que avanza la gestación y que en las primeras semanas reserve a la madre el poder de decisión parece la respuesta jurídica más adecuada a ese proceso biológico.
La oposición a la ley de plazos por parte de los sectores que pretenden convertir todo aborto en el asesinato de un niño no se ocupan de rebatir estas ideas. Simplemente, dan por supuesto que desde el embarazo estamos en presencia de un ser humano que goza en plenitud de todos los derechos de los demás ciudadanos. Y pretenden fundamentar esta afirmación en razones científicas, que siempre provocan un respeto reverencial entre los profanos. Pero si bien la ciencia tiene instrumentos para caracterizar la vida, para investigarla, para describir sus funciones, no los tiene para definir la vida humana en el sentido antropológico y ético de la expresión, que es fruto de un consenso social antes que de demostraciones científicas. ¿Qué laboratorio puede determinar el momento en que un ser vivo empieza a gozar de la condición humana y por lo tanto ser sujeto de derechos? El hecho de que en el embrión esté presente el código genético que dirigirá el desarrollo futuro del organismo no significa que pueda ostentar la condición humana: en ese caso cualquier célula podría exigir la misma consideración. Para que exista una persona es necesario que ese código se desarrolle y genere un organismo con las características morfológicas, funcionales y sociales que definen a ser humano. Un feto en el útero no cumple plenamente esas condiciones: no ha completado su desarrollo y no ha comenzado su proceso de socialización, su participación en la sociedad que es la nota característica de la especie humana. De ahí que la protección jurídica que recibe sea menor que la de un recién nacido, si bien esta protección aumenta a medida que se acerca el fin de la gestación. Según la ley actual, mientras en las primeras catorce semanas la decisión de abortar depende solo de la voluntad de la madre, en las últimas es necesario que existan malformaciones incompatibles con la vida o que el feto presente enfermedades extremadamente graves e incurables confirmadas por un comité clínico. También este enfoque gradual y progresivo constituye una defensa de la vida, siempre que no se entienda la vida humana como una realidad meramente biológica.
Cuando la Iglesia y los sectores que la siguen se oponen a esta distinción entre vida y vida humana no se atreven a expresar sus verdaderos argumentos, que son los siguientes. La teología católica afirma que Dios infunde un alma inmortal al embrión en el momento mismo de la concepción (aunque no siempre los teólogos han sostenido esta doctrina, hasta el punto de algunos pensadores antiguos postergaban la animación de las mujeres). Esta alma consiste en lo que llaman una “sustancia incompleta”, es decir, una realidad que necesita de otra (el cuerpo) para formar un ser completo. De ahí que no puedan aceptar ninguna gradualidad en la aparición de la vida humana: se tiene un alma o no se la tiene. Y como afirman que esa animación se produce en el momento en que el espermatozoide fecunda al óvulo, la conclusión inevitable es que todo aborto es un asesinato. Pero como este argumento se basa en creencias indemostrables, prefieren hablar de un “derecho a la vida”, con el cual es difícil no estar de acuerdo: afirmar que se defiende la vida suena mejor que asegurar una intervención divina en el momento de la fecundación. Detrás de esta teoría teológica está la tradicional penalización del sexo por parte de la Iglesia, con la consiguiente condena de la anticoncepción, la masturbación o la homosexualidad.
Es lamentable que una vez que habíamos logrado establecer una legislación razonable sobre el aborto se vuelva atrás. Y que ese retroceso se base en creencias que pueden ser respetables en la medida en que no se pretenda imponerlas a quienes no las comparten.

Augusto Klappenbach
Filósofo y escritor